Publicado: 25/09/2015

EL REGISTRO PROVINCIAL DE REPARACIÓN HISTÓRICA AÚN DEBE SER PROMULGADO

La Secretaria de Derechos Humanos, del Ministerio de Educación de Río Negro, informa que el Registro Provincial de Reparación Histórica funcionará, a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Decreto Reglamentario, en la órbita del Archivo Provincial de la Memoria dependiente de la secretaria, siendo su autoridad de aplicación.


En relación a esto, el Secretario de Derechos Humanos, Daniel Badié, explica que "por Ley N° 5042 se reconoce el derecho a un resarcimiento económico a los agentes de la Administración Pública Provincial que fueran declarados prescindibles o cesanteados, exonerados y/o forzados a renunciar por motivos políticos, ideológicos, gremiales o razones similares durante el periodo comprendido entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983". "Dicha ley, sancionada y promulgada por la Honorable Legislatura del Pueblo de Río Negro y publicada en el Boletín Oficial del 22 de Junio de 2015, contribuye a la necesaria reparación histórica de aquellos empleados provinciales que por diversas razones hubieran sido apartados de sus puestos laborales por razones políticas, ideológicas, gremiales o razones similares y teniendo en cuenta que el derecho al trabajo constituye uno de los derechos humanos consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, los cuales han sido oportunamente ratificados y ostentan jerarquía constitucional", agregó el funcionario. Asimismo, añadió: "Las masivas cesantías perpetradas contra trabajadores del Estado no habían tenido, hasta el momento, un reconocimiento y un debido tratamiento por parte de los poderes políticos. Las mismas no se dieron como simples distractos laborales individuales, pensar eso significaría pasar por alto cuestiones de suma gravedad que han afectado y dañado severamente la vida de trabajadores y sus respectivas familias. Por lo cual es un hecho de justicia otorgar a las personas injustamente cesanteadas una reparación al daño causado por el Estado Provincial que castigó y persiguió a los agentes estatales por su posición o militancia política, en el marco de un plan sistemático de agresión contra todo el pueblo argentino". A su vez manifestó que "la redacción de la reglamentación de la Ley 5042 fue elaborada y analizada por parte del personal técnico profesional de la Secretaria de Derechos Humanos y remitida a la Secretaría Legal y Técnica de la Secretaría General de Gobierno, para la posterior firma del Decreto Reglamentario por parte del Gobernador de la provincia, Alberto Weretilneck." "Es así que, a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Decreto Reglamentario, el Registro Provincial de Reparación Histórica funcionará en la órbita del Archivo Provincial de la Memoria dependiente de la Secretaría de Derecho Humanos, siendo su autoridad de aplicación", explicó Badié. "La Secretaría difundirá a través de publicaciones en medios graficos de gran alcance provincial y local, medios audiovisuales provinciales y locales, como así también en las páginas web oficiales de Gobierno, Legislatura Provincial y Ministerio de Educación y DDHH, los lugares de consulta e iniciación del trámite", finalizó el secretario.

 
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