SECRETARÍA TÉCNICA | Damián Romano Juanatey |
SECRETARÍA PEDAGÓGICA | Magalí Ibañez Joel De Bento Guadalupe Franchino |
COORDINADOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL | Alejo Eterovich |
REFERENTE ATM Y BECAS | Bárbara Luna Bruce |
REFERENTE AULAS TALLERES MÓVILES | Nicolás Rial |
UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL | |
SECRETARÍA TÉCNICA | Ramona Figueroa |
REFERENCIA TÉCNICA PEDAGÓGICA - INET | Eliana Silva |
CONTADORA | Carolina Vega Zamataro |
La Dirección de Educación Técnica y Formación Pedagógica, se destaca por acompañar y asistir a las instituciones de Educación Técnica Profesional de los diferentes niveles, en lo Pedagógico y en lo Financiero. En cuanto a lo pedagógico se acompaña a las instituciones de secundario Técnico llamados Centros de Educación Técnica y las instituciones de nivel posprimario, denominados de Formación Profesional.
Actualmente existen 35 Centros de Educación Técnica, ubicados de acuerdo a la relación socio productiva con el entorno y quince instituciones de Formación Profesional, denominados Centros de Capacitación Técnica, Misión Monotécnica, Escuelas de Aprendizajes de Oficios, Centros Integrales de Formación para la Industria de la Construcción, Centro de Educación Agropecuaria, Centro de Formación y Trabajo y el Centro de Aulas Talleres Móviles. En cuanto a lo financiero, asiste a las instituciones antes mencionadas y también a las dieciséis instituciones de nivel superior técnico, denominados como anexo IFDC, Instituto Superior de Educación Técnico Profesional, Centro de Educación de Nivel Terciario, Instituto Técnico Superior, Centro de Especialización de Asuntos Económicos Regionales e Instituto Superior No Universitario
Artículo 45.- La Educación Técnico-Profesional es la modalidad de la educación secundaria y de la educación superior responsable de la formación de Técnicos medios y Técnicos superiores no universitarios y de la formación profesional, en áreas ocupacionales específicas. En concordancia con lo establecido en la ley nacional de Educación Técnico-Profesional nº 26058 tiene las siguientes finalidades y objetivos:
Artículo 53.- La formación profesional es el conjunto de acciones cuyo propósito es la formación social, cultural y laboral para y en el trabajo, dirigida tanto a la adquisición y mejora de las cualificaciones como a la recualificación de los trabajadores, y que permite compatibilizar la promoción social, profesional y personal con la productividad de la economía nacional, regional y local.
Artículo 54.- Las propuestas de Formación Profesional pueden contemplar articulaciones con programas de alfabetización o de terminalidad de los niveles y ciclos comprendidos en la escolaridad obligatoria.
Artículo 55.- Las instituciones que brindan Formación Profesional deben reflejar en su propuesta de formación una estrecha vinculación con el medio productivo local y regional en el cual se encuentran insertas para dar respuesta a las demandas de calificación en aquellos sectores con crecimiento sostenido.
Artículo 56.- Las ofertas de Educación Técnico Profesional se estructuran utilizando como referencia perfiles profesionales en el marco de familias profesionales para los distintos sectores de actividad socio productiva, elaboradas sobre la base de los procesos de consulta que resulten pertinentes a nivel nacional, provincial y local.
Artículo 57.- El Consejo Provincial de Educación aprueba para las carreras técnicas de la Educación Secundaria y de la Educación Superior y para la Formación Profesional, los criterios básicos y los parámetros mínimos referidos a:
Artículo 58.- El Consejo Provincial de Educación emite los títulos y certificaciones de la modalidad Educación Técnico Profesional de acuerdo a los criterios que se fijen en el Consejo Federal de Educación para dotar de validez nacional a los mismos, como así también resuelve la aprobación de las ofertas de Formación Profesional respetando las regulaciones federales.
Artículo 59.- Los diseños curriculares de las ofertas de Educación Técnico Profesional de la Educación Secundaria y de la Educación Superior como así también de la Formación Profesional que se correspondan con profesiones cuyo ejercicio pudiera poner en riesgo de modo directo la salud, la seguridad, los derechos o los bienes de los habitantes deben, además, atender a las regulaciones de los distintos ejercicios profesionales y sus habilitaciones profesionales vigentes cuando las hubiere reconocidas por el Estado.
Artículo 53.- La formación profesional es el conjunto de acciones cuyo propósito es la formación social, cultural y laboral para y en el trabajo, dirigida tanto a la adquisición y mejora de las cualificaciones como a la recualificación de los trabajadores, y que permite compatibilizar la promoción social, profesional y personal con la productividad de la economía nacional, regional y local.
Artículo 54.- Las propuestas de Formación Profesional pueden contemplar articulaciones con programas de alfabetización o de terminalidad de los niveles y ciclos comprendidos en la escolaridad obligatoria.
Artículo 55.- Las instituciones que brindan Formación Profesional deben reflejar en su propuesta de formación una estrecha vinculación con el medio productivo local y regional en el cual se encuentran insertas para dar respuesta a las demandas de calificación en aquellos sectores con crecimiento sostenido.
Artículo 56.- Las ofertas de Educación Técnico Profesional se estructuran utilizando como referencia perfiles profesionales en el marco de familias profesionales para los distintos sectores de actividad socio productiva, elaboradas sobre la base de los procesos de consulta que resulten pertinentes a nivel nacional, provincial y local.
Artículo 57.- El Consejo Provincial de Educación aprueba para las carreras técnicas de la Educación Secundaria y de la Educación Superior y para la Formación Profesional, los criterios básicos y los parámetros mínimos referidos a:
Artículo 58.- El Consejo Provincial de Educación emite los títulos y certificaciones de la modalidad Educación Técnico Profesional de acuerdo a los criterios que se fijen en el Consejo Federal de Educación para dotar de validez nacional a los mismos, como así también resuelve la aprobación de las ofertas de Formación Profesional respetando las regulaciones federales.
Artículo 59.- Los diseños curriculares de las ofertas de Educación Técnico Profesional de la Educación Secundaria y de la Educación Superior como así también de la Formación Profesional que se correspondan con profesiones cuyo ejercicio pudiera poner en riesgo de modo directo la salud, la seguridad, los derechos o los bienes de los habitantes deben, además, atender a las regulaciones de los distintos ejercicios profesionales y sus habilitaciones profesionales vigentes cuando las hubiere reconocidas por el Estado.
En el presente año se está trabajando en la homologación de este nivel, para encuadrarse en los Marcos de Referencias que establece el Consejo Federal de Educación para las 43 ofertas de Formación Profesional que existen en la provincia. Para esto se obtiene asistencia técnica constante de parte del Instituto Nacional de Educación Tecnológica.
El Centro de Aulas Talleres Móviles es una institución que implementa ofertas de Formación Profesional y Capacitación Laboral, a dictarse en las Aulas Talleres Móviles, en diferentes localidades y/o parajes de la Provincia. De acuerdo a un relevamiento previo de las demandas del contexto socio-productivo de la localidad, se realiza el traslado de la unidad móvil, donde se brindan diferentes trayectos formativos con el objetivo de mejorar la empleabilidad e inserción laboral de jóvenes y adultos. Del Centro de Aulas Talleres Móviles dependen 7 anexos que ofrecen las siguientes formaciones: Refrigeración y Climatización, Diseño Asistido por Computadora, Informática, Gastronomía, Energías Renovables, Soldadura, Reparación de Motores de Motos y de Autos y Metalmecánica.
En el marco de este programa, se han capacitado alrededor de 4.500 jóvenes y adultos en las localidades de: Sierra Grande, Playas Doradas, Las Grutas, Viedma, El Cóndor, Río Colorado, Choele Choel, Lamarque, Luís Beltrán, Darwin, Chimpay, Chichinales, Ingeniero Huergo, General Roca, General Fernández Oro, Cipolletti, Cinco Saltos, Lago Pellegrini, Villa Manzano, Contralmirante Cordero, Catriel, El Bolsón, S. C. de Bariloche, Dina Huapi, Ingeniero Jacobacci, Comallo, Los Menucos y Ramos Mexia.
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