Publicado: 06/05/2015
EL DELITO SEXUAL CONTRA LAS MUJERES DETENIDAS EN CENTROS CLANDESTINOS DE LA ÚLTIMA DICTADURA, SERÁ TRATADO COMO UN DELITO AUTÓNOMO
Fuente: TELAM
La Secretaría de Derechos Humanos, del Ministerio de Educación de Río Negro, celebra la decisión del Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca -a cargo del juicio por delitos de lesa humanidad que se llevan a cabo en esa ciudad bonaerense- de ampliar la acusación contra 17 de los 25 imputados, por delitos sexuales cometidos contra nueve mujeres en centros clandestinos de detención de Puerto Belgrano.
La ampliación de la acusación había sido pedida por el fiscal José Nebbia el 5 de marzo pasado durante la audiencia que se llevó a cabo en el Aula Magna de la Universidad Nacional del Sur (UNS). Durante el debate que se llevó a cabo en el día de ayer, 5 de mayo, el Tribunal integrado por los jueces Jorge Ferro, Mario Triputti y Martín Bava, aceptó ampliar la acusación.
Al solicitar que se ampliara la acusación contra 17 de los 25 represores de la dictadura ya procesados por los delitos de homicidio, privación ilegítima de la libertad y torturas, entre otros, Nebbia había sostenido que "la violencia sexual tiene una entidad propia, distinta al delito de tormento".
El fiscal los consideró "autores mediatos" que, desde el lugar jerárquico-funcional que ocupaban, "crearon las condiciones de sometimiento, mediante la clandestinidad, el aislamiento y la garantía de impunidad, que posibilitó que el personal bajo su dependencia agrediera sexualmente a las secuestradas".
Por su parte el abogado patrocinante de la Asociación Permanente por los Derechos Humanos (APDH), Walter Larrea, expresó a Télam que "la ampliación de la imputación penal para estos imputados incorpora al delito sexual, al delito contra la integridad física de las detenidas mujeres como un delito autónomo y no sumido dentro de lo que es genéricamente torturas, tormentos, cautiverio y demás".
"Si bien en el requerimiento de elevación a juicio ya estaba incluido todo tipo de vejámenes la importancia de este procesamiento radica en que le otorga característica de delito autónomo a las violaciones y a todos aquellos que sean delitos contra la integridad sexual de las detenidas mujeres", agregó Larrea.
En ese contexto, el letrado comentó que la jurisprudencia sentada "no sirve solamente para este juicio, sino que establece una pauta que abre un camino muy importante para el tratamiento de delitos en los que las mujeres detenidas han sido víctimas, más allá de su condición de militantes políticas o de perseguidas políticas, por su rol de mujer y su condición de género".
"Si bien el pronunciamiento es parcial porque una de las víctimas no figuraba como víctima y declaró como testigo, tiene gran importancia, abre puertas y establece una etapa jurisprudencial determinante", afirmó.
Por último, Larrea dijo que la importancia de la decisión del Tribunal "radica en la categoría de víctima de abuso contra la integridad sexual que se las ha dado a estas mujeres que han estado en el centro clandestino".
Los delitos sexuales investigados fueron cometidos contra nueve mujeres en los centros clandestinos de detención "ARA 9 de Julio" y "Baterías", en jurisdicción de Puerto Begrano, la mayor base naval del país, vecina a la ciudad de Punta Alta y próxima a la ciudad de Bahía Blanca.
El Tribunal, integrado por los jueces Jorge Ferro, Mario Triputti y Martín Bava, amplió la acusación contra 17 de los 25 militares, prefectos y agentes penitenciarios juzgados en esta causa por crímenes de lesa humanidad cometidos en perjuicio de 66 personas, de las cuales 5 fueron asesinadas y 13 están desaparecidas.
En la elevación a juicio, los delitos sexuales no habían sido considerados como delitos autónomos sino como parte de los tormentos. En su presentación, Nebbia consideró que no se les había dado "la entidad que correspondía y por lo tanto nunca se los incorporó al sumario más que como una conducta, entre otras".
El fiscal sostuvo que "la violencia sexual que se ejerció tuvo diferentes formas o formatos, desde la servidumbre sexual hasta los accesos carnales no sólo por los captores, sino también con objetos, lo cual tiene claramente un mensaje devastador".
Los delitos sexuales imputados a los 17 represores abarcan también "tocamientos, situaciones de desnudez y exhibicionismo, con un claro sentido de humillación y degradación; muchas víctimas señalan la vergüenza que sentían al estar desnudas antes sus captores; muchas de ellas relatan que ésa fue la primera vez que estuvieron desnudas frente a un hombre", añadió Nebbia.