Compartimos información relacionada a la desvinculación voluntaria (LEY N° 5717) para agentes 1844 (Planta permanente), reglamentado por el Decreto N° 20/2024.
Este trámite es PARA AGENTES PÚBLICOS QUE SE DESEMPEÑAN EN LA PLANTA PERMANENTE DEL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL Y ORGANISMOS DE CONTROL INTERNO.
Para iniciar el trámite el agente deberá presentar al área de Recursos Humanos, a través de las Unidades de Gestión de cada Consejo Escolar, la siguiente documentación:
Formulario A de adhesión.
Certificado de antecedentes penales de la Provincia de Río Negro.
Registro Nacional de Reincidencia.
Para realizar consultas sobre el trámite las y los interesadas/os podrán ingresar en: subrecursoshumanosrn@gmail.com
Este trámite EXCLUYE a:
Personal docente, de policía provincial y servicio penitenciario.
Personal sometido a proceso penal o sumario administrativo.
Personal que al momento de la presentación de la solicitud de adhesión a la desvinculación se encuentre en condiciones de acceder al beneficio de jubilación ordinaria o le falten hasta cinco (5) años para reunir.
Los funcionarios de conducción política y las autoridades superiores.
El titular de una jubilación, cualquiera sea su origen con excepción a beneficiarios de una pensión derivada o directa por fallecimiento.
Personal que no reviste en la planta permanente.
Quienes hubieran presentado su renuncia, aun cuando esté pendiente el acto de aceptación.
Quienes hubieran iniciado reclamo administrativo o demanda judicial contra la provincia, a excepción de las encuadradas en la Ley 24557.
Sitio diseñado y desarrollado por el Área de Comunicación Institucional del Ministerio de Educación y DD.HH. de Río Negro